¿Qué debo saber si deseo adquirir una vivienda o lote?
En Colombia se exige que para el perfeccionamiento de una compraventa deben existir ciertos requisitos para su validez.
Por lo cual no solo es necesario la existencia de una promesa de compraventa, la cual puede realizarse o no ante Notaria.
Exige adicional a lo anterior, que se eleve a escritura pública, y una vez este esté debidamente otorgada dicha escritura, se registre ante la oficina de Instrumentos Públicos de la zona donde se encuentra registrado el bien inmueble.
Si bien en Colombia existe una tradición de realizar ventas con “CARTA VENTA o COMPRAVENTA AUTENTICADA”, a los efectos de la normatividad vigente, estos no son los documentos adecuados para legitimarse como dueño de un bien inmueble.
Así mismo sucede con los vehículos de obligatorio registro; tanto las motos como los automóviles en Colombia, para que sea válida su venta deberá registrarse el traspaso ante la oficina de transito del municipio donde se encuentra registrado el vehículo, NO basta con la promesa de compraventa y la entrega del vehículo.
De omitir el debido registro, o realizar traspasos “abiertos” podrá verse inmerso, en cobros de impuestos, foto comparendos, o incluso procesos penales, si el bien es utilizado por la nueva persona para fines delictivos.
En AMA realizamos todo el acompañamiento, para que el tramite de compraventa de inmuebles o vehículos, se realice bajo todos los requerimientos legales, así que, antes de comprar o vender asesórese con nosotros y blíndese jurídicamente.
TIP: La carta venta o la sola promesa de compraventa NO lo hacen dueño de un bien.
TIP: Si realizó la venta de un vehículo asegúrese de realizar el registro ante la entidad de tránsito respectiva.
TIP: Pese a realizar la entrega de un bien, si no se hace el registro debido, se seguirá siendo responsable tanto penal como civilmente de lo que llegue a suceder.