Se declara imprescriptible la acción penal frente a los delitos sexuales cometidos en menores de 18 años
Ley 2081 de 2021.
El presidente de la República sancionó La Ley 2081 de 2021, que modifica el inciso tercero del artículo 83 de la Ley 599/2000, con ello se efectúa un cambio de enorme trascendencia en lo que respecta a la figura de la prescripción de la acción penal en los casos de delitos sexuales en contra de menores de 18 años. De acuerdo con esta ley, dichos tipos penales adquieren la condición de imprescriptibles, es decir, aunque pase el tiempo, la acción penal continuará vigente.
- A partir de cuando entra en vigencia
La ley entró en vigencia a partir del 03 de febrero de 2021
- Por qué podría interesarle a las personas:
- Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, o el delito de Incesto, cometidos en menores de edad, la acción penal será imprescriptible, es decir que este tipo de delitos podrán investigarse y sancionarse en cualquier momento y no habrá un límite de tiempo para ello.
- Las víctimas pueden denunciar la comisión de delito en cualquier tiempo.
- La norma no es retroactiva, es decir, no puede ser aplicada a casos registrados antes de la sanción presidencial.
- Esta ley hace que los derechos de las víctimas no queden abandonados, al menos de manera formal.