Nuevo Decreto Ley sobre Trabajo Remoto
Decreto 555 de 2022
¿Qué debemos tener en cuenta?
El Decreto 555 de 2022, expone las obligaciones tanto del empleado como del empleador en caso de que se firme un contrato de trabajo remoto, establece además parámetros en la vinculación laboral que no requiere la presencia física del trabajador.
No obstante, el contrato se debe suscribir a través de firma electrónica y las actividades se realizan mediante las tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otro mecanismo.
Modificaciones En El Contrato De Trabajo:
Los nuevos requisitos en el contrato de trabajo son los siguientes:
- Se deben señalar las condiciones físicas del puesto de trabajo donde se prestará el servicio.
- La relación de los elementos de trabajo que se entregan para el cumplimiento de la función y la responsabilidad de la custodia de los mismos.
- Procedimiento para la entrega y devolución de estos elementos de trabajo.
- Determinar el auxilio de conectividad, aspectos de internet, energía los cuales no deben ser inferiores al subsidio de transporte.
- Plasmar las políticas y medidas de seguridad informática que deben conocer y aplicar.
- Circunstancias en las cuales puede concurrir al centro de trabajo.
TIPS:
- La relación laboral del Trabajo Remoto podría ajustar una compensación remunerada mensualmente, para los trabajadores que aporten las herramientas de trabajo.
- Adicional a ello se pueden ajustar horarios flexibles, siempre y cuando se de cumplimiento a la jornada laboral semanal.
Reglamentos
LEY 2121 DE 2021, ART 16.