La simple manifestación del consumidor no es suficiente para establecer incumplimiento a condiciones de idoneidad y calidad
Ley 1480 de 2011
¿Qué debemos tener en cuenta?
- “De conformidad con lo establecido en el inciso 2 del artículo 10 de la ley 1480 de 2011, el demandante debe demostrar el defecto del producto para establecer la responsabilidad por incumplimiento a las condiciones de idoneidad y calidad de los productos.
- Corresponde al consumidor demostrar los defectos del servicio o bien adquirido para demostrar la responsabilidad del proveedor, pues cuando se reclama la vulneración de un derecho las inconformidades que se alegan deben demostrarse de lo contrario se estaría pasando por alto lo determinado por la ley y se impondrían cargas excesivas al demandado.
- Para la prestación de servicios, si existe incumplimiento por el proveedor, el consumidor tiene derecho a exigir que se preste el servicio en las condiciones originalmente pactadas o la devolución de lo pagado.
TIPS:
- El consumidor debe demostrar los defectos de los productos y de los servicios adquiridos a través de los medios probatorios legalmente aceptados.
- En el marco de la obligación de garantía los consumidores tienen derecho a obtener la reparación totalmente gratuita del bien cuando se presenta una falla, en caso de repetirse, puede obtener una nueva reparación, la devolución de lo pagado, o un producto nuevo.